[Copyleft-argentina] Francia prohíbe la copia privada

Luciano A. Ferrer listas en relojurbano.com.ar
Sab Abr 21 14:37:09 ART 2007


saben en argentina cómo estamos con respecto a eso?
es ilegal tener pelis, música, libros si no es con fines de lucro?
aunque uno no tenga forma de demostrar que tiene el original, digo

lo cual, en caso de tener el original, sería hacer un backup de la info...?
y si he comprado algo, puedo regalar "backups digitales" a otros que no
tengan el original? o ya es considerado delito?
y si no lo he comprado y lo regalo?




http://es.theinquirer.net/2007/04/18/francia_prohibe_la_copia_priva.html

Francia prohíbe la copia privada

por Javier Pastor: Miércoles 18 Abril 2007, 12:42 mailto:javier.pastor en vnubp.es

Acabamos de recibir una nota de prensa procedente de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP) en la cual 
se informa de la sentencia de los altos tribunales franceses. Puedes comprar una peli, pero no puedes realizar copias de seguridad 
de la misma.

Hace apenas dos semanas la Corte de Apelación de París dictaminó en una importante resolución que la copia privada es un derecho 
totalmente restringido al autor, y no al usuario.

El caso denominado "UFC Que Choisir" comenzó con la demanda de un ciudadano francés - y la ayuda que le prestó la asociación de 
consumidores que ha dado nombre al caso - que adquirió una película en formato DVD y que exigió que se concedieran a los usuarios el 
derecho a realizar copias de seguridad de este tipo de medios. Aunque en primera instancia su demanda se desestimó, la Corte de 
Apelación de París le dio la razón.

Eso tuvo una grave consecuencia: las grandes de la industria se levantaron en armas y Studio Canal, Universal Pictures y el 
Sindicato de Edición de Vídeo apelaron al Tribunal de Casación francés - la versión francesa de nuestro Supremo -.

Y la decisión de este ha vuelto a dar la razón a los autores, declarando que el concepto de "copia privada" establecido por la 
legislación europea queda totalmente claro ahora: no se permite la realización de copias privadas, perteneciendo ese derecho 
únicamente a los titulares y autores de las obras.

En la nota de prensa se citan las palabras del tribunal: "El resultado de esta clasificación es que además de cumplirse determinados 
requisitos, la copia privada puede alegarse como una defensa en un procedimiento por infracción de la propiedad intelectual pero no 
puede alegarse como un derecho a ejercer con independencia de la existencia de una remuneración compensatoria pagada por los 
consumidores"

vINQulos
FAP http://www.fap.org.es/



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